En cuanto a los demás requisitos de fondo, la recurrente hizo mención a que el
IV.1 Del recurso de casación de Julia Calle Mamani
En cuanto a los demás requisitos de fondo, la recurrente hizo mención a que el Auto de Vista impugnado, no fue debidamente fundamentado, pues no tomó en cuenta el procedimiento ilegal de la judicialización de la prueba, ni la defectuosa valoración de la prueba, que por constituir defectos de sentencia previstos en el art. 370 incs. 4) y 6) del CPP y de orden público, debieron ser revisados de oficio. Así identificado el planteamiento de la recurrente, se evidencia que resulta confuso, incoherente y genérico, sin que se advierta una explicación fundamentada, clara y concreta, del o los motivos que pretende sean analizados; por otro lado, la recurrente se limita a transcribir parcialmente varios Autos Supremos que considera precedentes, incluso algunos sin la debida precisión de fecha y número, sin establecer de manera clara cuál la contradicción existente con el Auto de Vista impugnado, conforme las exigencias establecidas en el acápite III de la presente resolución, cuya carga procesal le es inherente, sin que a este Tribunal le esté permitido suplir dicha omisión
- Por memoriales presentados el 28 de noviembre de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Julia Calle Mamani (fs
- c) El 24 de noviembre de 2014 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extraen los siguientes motivos
- Agrega manifestando que en la Sentencia, no se aplicaron las reglas de la sana crítica,
- Finalmente, indica haber invocado las Sentencias Constitucionales 0240/2003-R y 1312/2003-R, sin haber sido mencionadas en
- Las recurrentes sostienen que la parte imputada no cuestionó en el recurso de apelación restringida,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 24 de noviembre de 2014, las
- En cuanto a los demás requisitos de fondo, la recurrente hizo mención a que el
- El motivo alegado por las recurrentes está referido al hecho de que el Tribunal de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
