Auto Supremo AS/0269/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2015-RRC

Fecha: 27-Abr-2015

Deberá indicarse separadamente cada violación con sus fundamentos


Deberá indicarse separadamente cada violación con sus fundamentos. Posteriormente, no podrá invocarse otra violación”, la referida obligación no fue cumplida por la parte recurrente, por cuanto no expresó cuál la norma inobservada y cuál o porqué la ley sustantiva fue erróneamente aplicada; sin embargo, al momento de resolver la denuncia de valoración defectuosa de la prueba, concluyó que el Juez de Sentencia de manera lógica y coherente analizó cada uno de los delitos acusados relacionándolos con la prueba aportada al proceso, efectuando la debida subsunción de las conductas denunciadas a los tipos penales de Calumnia y Difamación, resaltando que las declaraciones testificales fueron contestes y uniformes, en tiempo, lugar, circunstancias y hechos que revelan sin lugar a duda razonable que los testigos consideraron la circunstancia que las acusadas eran ex compañera del “PEU” de las víctimas y que por sus manifestaciones se dañó el bien jurídico protegido del honor, a cuyo efecto, se constata que el Tribunal de alzada, efectuó la debida compulsa de la labor efectuada por el inferior en cuanto a la valoración de la prueba y la subsunción de los hechos endilgados a las ahora recurrentes, a los tipos penales de Calumnia y Difamación, con la suficiente fundamentación; en consecuencia, no se advierte lesión a los derechos de las recurrentes denunciada