CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social
VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 477, interpuesto por el Servicio Departamental de Salud representado por Primo Gonzáles Oliva y el recurso de casación de fs. 481 a 483 interpuesto por Hugo Rodríguez Zeballos en representación de Jesús Torrico Vega, contra el Auto de Vista Nº 237/2009 de 18 de noviembre de 2009 de fs. 467 a 468, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social que se tramita en liquidación, seguido por Jesús Torrico Vega contra el Servicio Departamental de Salud, los memoriales de respuesta de fs. 481 y 487, el auto de fs. 488 que concedió los recursos, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 37/07 el 5 de mayo de 2007 de fs. 331 a 334, declarando probada en parte la demanda de fs. 3 aclarada a fs. 113 de obrados, debiendo la entidad demandada el Servicio Departamental de Salud, SEDES cancelar a favor del actor por concepto de salarios devengados de abril de 2001 a junio de 2002 y aguinaldo la suma de Bs.23.659.- (veintitrés mil seiscientos cincuenta y nueve bolivianos)
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 37/07 el 5 de mayo de 2007 de fs. 331 a 334, declarando probada en parte la demanda de fs. 3 aclarada a fs. 113 de obrados, debiendo la entidad demandada el Servicio Departamental de Salud, SEDES cancelar a favor del actor por concepto de salarios devengados de abril de 2001 a junio de 2002 y aguinaldo la suma de Bs.23.659.- (veintitrés mil seiscientos cincuenta y nueve bolivianos)
- Auto Supremo Nº 79/2015-L
- Expediente: LP.415/2010
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la institución demandada de fs
- Que, el referido auto de vista, motivo la interposición del recurso de nulidad y casación
- a) La nulidad de obrados expresando que conforme sale del memorándum de designación del actor,
- b) En la casación, acusó que los funcionarios públicos en salud cuentan con legislación especial
- Concluyó solicitando anular el proceso hasta el vicio más antiguo por impersonería jurídica debiendo interponerse
- 2
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos de los recursos de casación, para su resolución
- b) Con relación a la denuncia de que los funcionarios públicos en salud cuentan con
- Antes de analizar los fundamentos del recurso, se debe tener presente que en cumplimiento del
- Al respecto, el abogado Pablo H
- Como se tiene expresado, el art
- Por lo manifestado en el caso de autos, de la revisión del expediente se evidencia
- De todo lo expuesto, corresponde a este Tribunal Supremo, resolver el recurso de casación de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
