- Auto Supremo Nº 79/2015-L
- Expediente: LP.415/2010
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la institución demandada de fs
- Que, el referido auto de vista, motivo la interposición del recurso de nulidad y casación
- a) La nulidad de obrados expresando que conforme sale del memorándum de designación del actor,
- b) En la casación, acusó que los funcionarios públicos en salud cuentan con legislación especial
- Concluyó solicitando anular el proceso hasta el vicio más antiguo por impersonería jurídica debiendo interponerse
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- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos de los recursos de casación, para su resolución
- b) Con relación a la denuncia de que los funcionarios públicos en salud cuentan con
- Antes de analizar los fundamentos del recurso, se debe tener presente que en cumplimiento del
- Al respecto, el abogado Pablo H
- Como se tiene expresado, el art
- Por lo manifestado en el caso de autos, de la revisión del expediente se evidencia
- De todo lo expuesto, corresponde a este Tribunal Supremo, resolver el recurso de casación de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
