Por lo manifestado en el caso de autos, de la revisión del expediente se evidencia
Por lo manifestado en el caso de autos, de la revisión del expediente se evidencia por diligencia de fs. 479, el demandante fue notificado con el auto de vista de fs. 467 a 468, en fecha 10 de febrero de 2010 a horas 15:35 p.m., -sin que conste en el expediente interrupción de término alguno- asimismo, cursa en fs. 481 el recurso de casación del actor, presentado en fecha 18 de febrero de 2010 a horas 05:40 p.m., conforme consta del comprobante de caja de fs. 480, estando por consiguiente, el recurso de casación interpuesto extemporáneamente, lo que hace inviable su consideración al haberse establecido por que el plazo para interponer recurso de casación, corre de momento a momento
- Auto Supremo Nº 79/2015-L
- Expediente: LP.415/2010
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la institución demandada de fs
- Que, el referido auto de vista, motivo la interposición del recurso de nulidad y casación
- a) La nulidad de obrados expresando que conforme sale del memorándum de designación del actor,
- b) En la casación, acusó que los funcionarios públicos en salud cuentan con legislación especial
- Concluyó solicitando anular el proceso hasta el vicio más antiguo por impersonería jurídica debiendo interponerse
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- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos de los recursos de casación, para su resolución
- b) Con relación a la denuncia de que los funcionarios públicos en salud cuentan con
- Antes de analizar los fundamentos del recurso, se debe tener presente que en cumplimiento del
- Al respecto, el abogado Pablo H
- Como se tiene expresado, el art
- Por lo manifestado en el caso de autos, de la revisión del expediente se evidencia
- De todo lo expuesto, corresponde a este Tribunal Supremo, resolver el recurso de casación de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
