Concluyó solicitando que se anule obrados hasta el vicio más antiguo, o se case el
Que a fs. 130 cursa notificación al Sindicato de Transportistas Santa Cruz en su domicilio procesal señalado en fs. 120 el mismo que corresponde a Jhonny Ponce Rodríguez y no así a su persona el cual señaló su domicilio en memorial de fs. 112, por lo que demuestra que existen vicios en la notificación al no tomar en cuenta que el domicilio señalado a fs. 130 no es del Sindicato, y al encontrarse en indefensión se violó sus derechos fundamentales establecidos en la Carta Magna.
Concluyó solicitando que se anule obrados hasta el vicio más antiguo, o se case el auto de vista recurrido, como solicita tanto en su recurso de casación en la forma como en el fondo respectivamente
Concluyó solicitando que se anule obrados hasta el vicio más antiguo, o se case el auto de vista recurrido, como solicita tanto en su recurso de casación en la forma como en el fondo respectivamente
- Auto Supremo Nº 90/2015-L
- Expediente: SCZ.441/2010
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez de Partido Primero de Trabajo y
- En grado de apelación, deducido por el demandado de fs
- Que, contra el referido auto de vista, el demandado interpone recurso de casación en el
- Denunció que mediante el memorial de fs
- Concluyó solicitando que se anule obrados hasta el vicio más antiguo, o se case el
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- Que, si bien el recurrente manifiesta en su recurso interponer la casación en la forma
- 1
- En ese contexto, si bien es cierto que los arts
- Consiguientemente, al no estar demostrada la infracción de las normas denunciadas por el recurrente, corresponde
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
