En ese contexto, si bien es cierto que los arts
En ese contexto, si bien es cierto que los arts. 252 y 254.7) del Código de Procedimiento Civil, establecen el recurso de casación por haberse violado las formas esenciales del proceso, esta permisión debe necesariamente ser concordada con el parágrafo I del art. 251 del mismo cuerpo normativo, cuando dispone que: "Ningún trámite o acto judicial será declarado nulo si la nulidad no estuviere expresamente determinada por la ley", principio que se sustenta en el hecho que en materia de nulidad, debe haber un manejo cuidadoso y aplicado únicamente a los casos en que sea estrictamente indispensable y así lo haya determinado la ley
- Auto Supremo Nº 90/2015-L
- Expediente: SCZ.441/2010
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez de Partido Primero de Trabajo y
- En grado de apelación, deducido por el demandado de fs
- Que, contra el referido auto de vista, el demandado interpone recurso de casación en el
- Denunció que mediante el memorial de fs
- Concluyó solicitando que se anule obrados hasta el vicio más antiguo, o se case el
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- Que, si bien el recurrente manifiesta en su recurso interponer la casación en la forma
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- En ese contexto, si bien es cierto que los arts
- Consiguientemente, al no estar demostrada la infracción de las normas denunciadas por el recurrente, corresponde
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
