Auto Supremo AS/0095/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2015-L

Fecha: 12-May-2015

En grado de apelación interpuesto por la empresa demandada a fs

En grado de apelación interpuesto por la empresa demandada a fs. 40, por Auto de Vista Nº 114/2010 de 19 de mayo (fs. 58 a 60), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, CONFIRMÓ la Sentencia apelada, con la modificación que debe excluirse de la liquidación efectuada en la resolución de la sentencia, los salarios devengados que corrieron de marzo a junio de 2006 y de noviembre de 2006 a marzo de 2007, manteniéndose únicamente el pago dispuesto de julio a octubre de 2006 y de abril al 27 de septiembre de 2007; asimismo, debe excluirse las duodécimas de aguinaldo de enero a marzo de 2007 y mantenerse las que corresponden de abril al 26 de setiembre de 2007, por las razones contenidas en el punto 4 del considerando del auto de vista, modificándose la suma a cancelarse en Bs. 655.992,99, sin costas por la modificación