CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso de casación, para su resolución es necesario las
Con estos argumentos concluyó solicitando al tribunal de casación anular el auto de vista o en su caso case, manteniendo la Sentencia de 14 de abril de 2009, ratificando el pago de la multa del 30%, así como el mantenimiento de valor.
CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso de casación, para su resolución es necesario las siguientes consideraciones:
Revisando los antecedentes del proceso, las normas aplicables al caso en relación a los puntos recurridos, la demandante ahora recurrente, afirma la existencia de interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, contradicción en el auto de vista, en la apreciación de las pruebas cursantes en el proceso, aspectos que permiten a este tribunal realizar el control jurisdiccional en casación, con relación a lo resuelto en el auto de vista recurrido
CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso de casación, para su resolución es necesario las siguientes consideraciones:
Revisando los antecedentes del proceso, las normas aplicables al caso en relación a los puntos recurridos, la demandante ahora recurrente, afirma la existencia de interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, contradicción en el auto de vista, en la apreciación de las pruebas cursantes en el proceso, aspectos que permiten a este tribunal realizar el control jurisdiccional en casación, con relación a lo resuelto en el auto de vista recurrido
- Auto Supremo Nº 105/2015-L
- Expediente: CBBA. 481/2010
- VISTOS: El recurso de casación o nulidad en el fondo y la forma, de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación o nulidad en el fondo y en la
- La demandante también denuncia en el recurso de casación que al dictar el auto
- CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso de casación, para su resolución es necesario las
- El reclamo del recurso está referido a la exclusión de la multa del 30% y
- A este efecto, el Tribunal Supremo, de manera reiterada ha señalado la importancia en cuanto
- En ese marco doctrinal y jurisprudencial, corresponde analizar los reclamos expresados en la casación con
- En cumplimiento al art
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
