Auto Supremo AS/0106/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0106/2015-L

Fecha: 12-May-2015

CONSIDERANDO II: Que así expuesto los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente

CONSIDERANDO II: Que así expuesto los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente:
Que del examen de los antecedentes, se colige que el juez a quo en la sentencia de primera instancia, declaró probada en parte la demanda, otorgó a la actora beneficios sociales; asimismo, declaro improbada la demanda de reincorporación, sentencia que fue solamente apelada por la parte demandada y que no mereció observación alguna por parte de la demandante, habiendo sido confirmada esa resolución.
Ahora en casación, Nayffy Soledad Fernández de Herrera, recién pretende hacer valer los derechos que pudo observar en el recurso de apelación que reconoce el art. 205 del CPT