En base a dicho argumento, considera que tiene fundamentado el recurso de casación en la
Por otro lado señala que, por cuestiones económicas que no permiten sufragar gastos de honorarios de abogado, lo que dio lugar a una irregular diligencia de notificación con la sentencia, que constituye una violación a su derecho esencial de recurrir, impidió apelar la sentencia por cuanto había demandado la reincorporación a su fuente de trabajo.
En base a dicho argumento, considera que tiene fundamentado el recurso de casación en la forma, conforme el art.7) 254 del CPC
En base a dicho argumento, considera que tiene fundamentado el recurso de casación en la forma, conforme el art.7) 254 del CPC
- Auto Supremo Nº 106/2015-L
- Expediente: LP.483/2010
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa de referencia, el Juez de Partido Segundo de Trabajo
- Que en grado de apelación de fs
- En el recurso de casación en la forma, la recurrente denuncia
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- Por otra parte refiere que, el juez inferior, basó su fallo en la Sentencia Constitucional
- Concluye solicitando, que se conceda el recurso para que el Tribunal de Casación, case en
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- Al respecto, la norma prevista en el inc
- En autos el tribunal ad quem debió haber rechazado de oficio el recurso de casación
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
