Auto Supremo AS/0153/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0153/2015

Fecha: 22-May-2015

De lo anterior y con la consideraciones efectuadas, se desprende con toda nitidez, que de

De lo anterior y con la consideraciones efectuadas, se desprende con toda nitidez, que de cara a lo planteado en el recurso de casación, no existió por parte del tribunal de apelación, violación de las normas alegadas, de lo que se concluye que la decisión del tribunal de alzada de confirmar la sentencia, es correcta y mantener firme la disposición de pago de beneficios sociales a los trabajadores demandantes, advirtiéndose contrariamente a lo manifestado en casación, que el auto de vista impugnado se ajusta a las disposiciones legales en vigencia; consiguientemente, corresponde resolver en la forma prevista por los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la permisión prevista del art. 252 del CPT