Auto Supremo AS/0156/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0156/2015

Fecha: 22-May-2015

En grado de apelación, formulada por Lee Erick Hillman Pedraza, en representación de Carmelo Lens

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 1069 a 1071, interpuesto por Lee Erick Hillman Pedraza, en representación de la Gobernación del Departamento Autónomo del Beni contra el Auto de Vista Nº 85/2014 de 22 de septiembre, cursante de fs. 1058 a 1060 de obrados, pronunciado por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justica del Beni, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por la Gobernación del Departamento Autónomo del Beni contra el Servicio de Impuestos Nacionales del Beni, la respuesta de fs. 1076 a 1078, el auto de fs. 1080 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez en Materia Administrativa, Coactiva, Fiscal y Tributaria del Beni, pronunció la Sentencia Nº 08/2013 de 8 de noviembre de fs. 1030 a 1040, declarando improbada la demanda de fs. 431 a 433, complementada de fs. 434 y ampliada de fs. 438 a 439, presentada por Ernesto Suárez Satorri en su condición de ex Gobernador del Departamento Autónomo del Beni y posterior apersonamiento de Lee Erik Hillman Pedraza, apoderado de Carmelo Lens contra el Servicio de Impuestos Nacionales, Gerencia Distrital del Beni, representado legalmente por Ernesto Natusch Serrano, manteniendo la vigencia del proveído de inicio de ejecución tributaria Nº 24-0321-10 de 4 de febrero de 2010, cursante a fs. 842 de obrados. Manteniendo firme y subsistente la Resolución Administrativa Nº 23-0186-11 de 14 de septiembre de 2011, cursante de fs. 971 a 973 de obrados. Debiendo proseguirse con el trámite Administrativo. Improbado el Incidente de nulidad de obrados, presentado por memorial de fs. 438 a 439 de obrados. Improbada la excepción de Prescripción.
En grado de apelación, formulada por Lee Erick Hillman Pedraza, en representación de Carmelo Lens F., Gobernador del Departamento Autónomo del Beni, por memorial de fs. 1042 a 1044, la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, por Auto de Vista Nº 85/2014 de 22 de septiembre, que cursa de fs. 1058 a 1060, confirmó la Sentencia 08/2013 de 8 de noviembre de 2013 de fs. 1030 a 1040. Sin costas por ser excusable