Auto Supremo AS/0213/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2015-RRC-L

Fecha: 11-May-2015

Desarrollado el juicio oral, el Juez Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del


Desarrollado el juicio oral, el Juez Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dictó la Sentencia 30/2008 de 10 de octubre, por la que declaró al imputado Rolfi Alfonso Mejía Monje, autor de la comisión del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de tres años de reclusión en la penitenciaria de San Pedro de la ciudad de La Paz, más multa de setenta días a razón de Bs. 20.- (veinte bolivianos) por día, con costas y daños y perjuicio a favor de la víctima y querellante; de acuerdo a los siguientes fundamentos:

a) El elemento fáctico de la acción se halla sustentado en el documento cheque 29 de 30 de abril de 2007, que expresa la suma de $us. 400.- (cuatrocientos dólares estadounidenses), entregado de manera dolosa por el imputado Alfonso Mejía Monje a la orden, para el cobro de su cuenta en el Banco Ganadero; el que como expresa en su reverso, fue rechazado por cuenta cerrada