ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 292/2015 - L
Sucre: 4 de Mayo2015
Expediente: CH-29-10-A
Partes: Daniela Celene Claure Villarroel c/ Nery Justiniano Cossio, Julio
Fernando Rojas Justiniano, Juan Pablo Rojas Justiniano, Jorge Roberto
Rojas Justiniano
Proceso: Declaración Judicial de Paternidad.
Distrito: Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 110 a 112 y vta., interpuesto por Julio Ariel Coronado López en representación de Julio Rojas, contra el Auto de Vista No. SCI-069 de 8 de marzo de 2010 de fs. 83 a 86, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Chuquisaca (hoy Tribunal Departamental), en el proceso de Reconocimiento Judicial de Paternidad, seguido por Daniela Celene Claure Villarroel, contra Nery Justiniano Cossio, Julio Fernando Rojas Justiniano, Juan Pablo Rojas Justiniano, Jorge Roberto Rojas Justiniano, concesión de fs. 118, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Cuarto de Partido de Familia de Sucre, dictó Auto Interlocutorio de fecha 21 de diciembre de 2009 cursante de fs. 41 vta. a 42 vta. (Testimonio), por el que rechaza la objeción efectuada por Julio Ariel Coronado López en representación de Julio Fernando Rojas Justiniano, contra puntos de hecho a ser demostrados por la demandante y por los demandados, manteniéndose incólume el Auto de relación procesal de fs. 66 (del cuaderno original).
Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por José Roberto Rojas Justiniano, mediante memorial de fs. 45 y vta. (del Testimonio)
Auto Supremo: 292/2015 - L
Sucre: 4 de Mayo2015
Expediente: CH-29-10-A
Partes: Daniela Celene Claure Villarroel c/ Nery Justiniano Cossio, Julio
Fernando Rojas Justiniano, Juan Pablo Rojas Justiniano, Jorge Roberto
Rojas Justiniano
Proceso: Declaración Judicial de Paternidad.
Distrito: Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 110 a 112 y vta., interpuesto por Julio Ariel Coronado López en representación de Julio Rojas, contra el Auto de Vista No. SCI-069 de 8 de marzo de 2010 de fs. 83 a 86, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Chuquisaca (hoy Tribunal Departamental), en el proceso de Reconocimiento Judicial de Paternidad, seguido por Daniela Celene Claure Villarroel, contra Nery Justiniano Cossio, Julio Fernando Rojas Justiniano, Juan Pablo Rojas Justiniano, Jorge Roberto Rojas Justiniano, concesión de fs. 118, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Cuarto de Partido de Familia de Sucre, dictó Auto Interlocutorio de fecha 21 de diciembre de 2009 cursante de fs. 41 vta. a 42 vta. (Testimonio), por el que rechaza la objeción efectuada por Julio Ariel Coronado López en representación de Julio Fernando Rojas Justiniano, contra puntos de hecho a ser demostrados por la demandante y por los demandados, manteniéndose incólume el Auto de relación procesal de fs. 66 (del cuaderno original).
Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por José Roberto Rojas Justiniano, mediante memorial de fs. 45 y vta. (del Testimonio)
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia
- Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo y en la forma,
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Con esos antecedentes pide se case el Auto de Vista a fin de que deliberando
- Nombra el art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De lo anterior se concluye que cuando se impugna una Resolución anulatoria, corresponde plantear el
- En el caso de Autos, el recurrente interpuso recurso de casación en la forma y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
