b) Contra la mencionada Sentencia y su Auto Complementario (fs
b) Contra la mencionada Sentencia y su Auto Complementario (fs. 425), la imputada Elvira Tito Paredes (fs. 446 a 451 vta.), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por el Auto de Vista 102/2014 de 4 de diciembre (fs. 491 a 495 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedente el recurso interpuesto y confirmó la sentencia apelada
- Por memorial presentado el 9 de febrero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia y su Auto Complementario (fs
- c) El 2 de febrero de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) En el tercer motivo, señala que el Auto de Vista impugnado de forma concluyente
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 2 de febrero de 2015, fue
- El mismo entendimiento debe ser aplicado con relación al segundo motivo, referido a la defectuosa
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
