Regístrese, hágase saber y devuélvase
Finalmente respecto al tercer motivo, en el cual el recurrente destaca la conclusión que hubiese asumido el Tribunal de alzada, en cuanto al defecto de la Sentencia previsto en el art. 370.6) del CPP, se evidencia que el planteamiento no cumple con las exigencias establecidas por la normativa procesal penal, toda vez que resulta incluso, incompleto además de confuso, ya que solo se limitó a transcribir lo señalado en el Auto de Vista recurrido, sin precisar cual la contradicción incurrida por el Tribunal de alzada respecto a los Autos Supremos 223 de 28 de marzo de 2007 y 537 de 17 de noviembre de 2006, sin que la transcripción parcial que hace de ambos fallos, sea suficiente para que este Tribunal desarrolle la labor de contraste que la ley le asigna; lo que implica, la inobservancia de los requisitos previstos en el art. 417 del CPP, determinando la imposibilidad de conocer el fondo del motivo.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Elvira Tito Paredes, de fs. 503 a 506.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 9 de febrero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia y su Auto Complementario (fs
- c) El 2 de febrero de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) En el tercer motivo, señala que el Auto de Vista impugnado de forma concluyente
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 2 de febrero de 2015, fue
- El mismo entendimiento debe ser aplicado con relación al segundo motivo, referido a la defectuosa
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
