Auto Supremo AS/0327/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0327/2015

Fecha: 13-May-2015

Las modificaciones que fueron introducidas por el DS N° 27494 de 14 de mayo de

Las modificaciones que fueron introducidas por el DS N° 27494 de 14 de mayo de 2004, sobre los valores consignados en el DS N° 24484 de 29 de enero de 1997, establece art. 1. “Tiene por objeto establecer nuevos montos de capital, ingreso, precios unitarios y pagos bimensuales del Régimen Tributario Simplificado”. art. 2 Se modifican los valores, de la siguiente manera: “El monto máximo de capital destinado a las actividades realizadas por Comerciantes Minoristas, Vivanderos y Artesanos, establecido en el inciso a) de los numerales 1 y 2 del Artículo 3 y en el Artículo 18 del Decreto Supremo N° 24484, de Bs. 27.736 a Bs. 37.000. “El monto de las ventas anuales establecido en el inciso c) de los numerales 1 y 2 del Artículo 3 y en el Articulo 18 del Decreto Supremo N° 24484 de Bs. 101.977 a Bs. 136.000”. “Los precios unitarios de las mercaderías comercializadas y/o de los servicios prestados según el inciso d) de los numerales 1 y 2 del Artículo 3 del Decreto Supremo N° 24484, para comerciantes minoristas de Bs. 300 a Bs. 480, para Artesanos de Bs. 400 a Bs. 640 y para Vivanderos de Bs. 100 a Bs. 148”