Al respecto, de la amplia prueba presentada en obrados y en consideración de la misma
Al respecto, de la amplia prueba presentada en obrados y en consideración de la misma aseveración de la parte recurrente (demanda principal) se puede establecer con claridad que entre ambas partes existió una relación comercial, donde los pagos se lo efectuaba mediante la entrega de cheques sin fecha de expedición, o sea con fecha abierta, para posteriormente cambiarlos mediante pagos en efectivo de los productos adquiridos por el recurrente, convenio que ahora la parte recurrente pretende negar y dejar sin efecto los cheques que fueron entregados y rubricados por el propio recurrente, hechos que fueron debidamente valorados por los Tribunales de instancia quienes en todo caso establecieron la veracidad de los cheques girados, situación que no merece mayor análisis en la litis
- Partes: Javier Lorgio Landívar Salinas c/ Enrique Menacho Olivier
- Proceso: Nulidad de títulos valores
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra dicha determinación, presentó recurso de apelación, la parte demandante, el mismo fue elevado al
- Contra el indicado Auto de Vista, la parte apelante presentó recurso de casación en la
- En la forma
- Por otro lado, acusa al Auto de Vista complementario de negarse a complementar y explicar,
- En el fondo
- En otro punto acusa la equivocada interpretación y aplicación indebida del art
- Finalmente acusa la violación del art
- Peticiona que sea admitido su recurso de casación y conforme a los argumentos de forma
- Por otro lado, respecto a la falta de consideración a lo dispuesto en los arts
- Por su parte el demandado, luego de presentar excepción de incompetencia, en virtud de estarse
- En base a lo establecido, los Tribunales de instancia declararon Improbada la demanda
- Al respecto, de la amplia prueba presentada en obrados y en consideración de la misma
- Al estar comprobado que ambas partes mantenían voluntariamente y con pleno consentimiento el giro de
- Por otro lado, respecto a la interpretación y aplicación indebida del art
- Finalmente, sobre la violación del art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
