Auto Supremo AS/0352/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0352/2015

Fecha: 21-May-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Por lo expuesto, en base a los fundamentos, corresponde emitir resolución en la forma prevista en los arts. 271 num. 2) y 273 ambos del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271 inc. 2) y 273 declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 1193 a 1202 vta., interpuesto por Javier Lorgio Landívar Salinas, contra el Auto de Vista de fecha 09 de diciembre 2009, cursante de fs. 1183 y vta., emitido por la Sala Penal Segunda de S. R. La Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz. Con costas