Auto Supremo AS/0226/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0226/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Juez de Partido y Sentencia de Viacha, provincia Ingavi del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia de 24/09 de 9 de octubre de 2009 (fs. 141 a 147), por la que declaró a María Mayta, autora de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves (segunda parte), previsto y sancionado por el art. 271 del CP, imponiéndole la pena de un año de privación de libertad, más al pago de costas procesales, habilitando el procedimiento especial, conforme al art. 365 del Código de Procedimiento Penal (CPP), para la reclamación de los posibles daños y perjuicios, a averiguarse en ejecución de Sentencia. Contra el referido fallo, la acusadora particular Petrona Gutiérrez de Gutiérrez, solicitó complementación y enmienda (fs. 150), que fue denegada por proveído de 29 de octubre de 2009 (fs. 150 vta.)