En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 12 de marzo de 2010 (fs. 177) y presentó su recurso de casación el 17 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días que otorga el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 17 de marzo de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Mayta, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificada la recurrente María Mayta con el referido Auto de Vista el 12 de
- Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
