Por memorial presentado el 17 de marzo de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 226/2015-RA-L
Sucre, 03 de junio de 2015
Expediente : La Paz 43/2010
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: María Mayta
Delito: Lesiones Graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de marzo de 2010, cursante de fs. 183 a 186, María Mayta, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 31/2010 de 4 de marzo de fs. 175 a 176 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Petrona Gutiérrez de Gutiérrez contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves (segunda parte), previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 226/2015-RA-L
Sucre, 03 de junio de 2015
Expediente : La Paz 43/2010
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: María Mayta
Delito: Lesiones Graves y Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de marzo de 2010, cursante de fs. 183 a 186, María Mayta, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 31/2010 de 4 de marzo de fs. 175 a 176 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Petrona Gutiérrez de Gutiérrez contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves y Leves (segunda parte), previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 17 de marzo de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Mayta, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificada la recurrente María Mayta con el referido Auto de Vista el 12 de
- Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
