Auto Supremo AS/0241/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0241/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública (fs. 93 a 97) y la acusación particular presentada por Raúl Añez Campos (fs. 135 a 139 vta.), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Séptimo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 32/2009 de 1 de diciembre (fs. 337 a 350), por la que se declaró al imputado Enzo Fabricio Ibietta Mendoza, autor y culpable de la comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, tipificados y sancionados por los arts. 199 y 203 con relación al art. 45, todos del CP; condenándolo a la pena privativa de libertad de seis años de reclusión en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (Cárcel Pública Palmasola) de la ciudad de Santa Cruz. Así como al pago de costas; y se lo absolvió por el delito de Falsedad Material, por no adecuarse su conducta al tipo penal