a) En mérito a la acusación particular presentada por Santos Vargas Quisbert (fs
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
a) En mérito a la acusación particular presentada por Santos Vargas Quisbert (fs. 3 a 4 vta.), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Juez Quinto de Sentencia del entonces Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 01/2010 de 8 de marzo de 2010 (fs. 553 a 558), por la que declaró a la imputada Trinidad Magdalena Coriz Antonio, absuelta de la comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado por el art. 287 del CP
- Por memorial presentado el 8 de mayo de 2010, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular presentada por Santos Vargas Quisbert (fs
- b) Contra la referida Sentencia, el acusador particular Santos Vargas Quisbert (fs
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 4 de mayo de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Agrega que la Sentencia de mérito absolvió a la imputada por falta de pruebas, siendo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al único agravio, referido a las supuestas contradicciones en las que hubiere incurrido
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente en el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
