Auto Supremo AS/0247/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0247/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

En cuanto al único agravio, referido a las supuestas contradicciones en las que hubiere incurrido


En cuanto al único agravio, referido a las supuestas contradicciones en las que hubiere incurrido la acusada a tiempo de prestar su declaración en calidad de testigo dentro de un proceso de Divorcio, las que, a decir del recurrente, fueron falsas y le provocaron daño y causaron vicios de nulidad dentro del proceso; dando lugar a su absolución; corresponde señalar que la labor de este Tribunal Supremo de Justicia se encuentra restringida a efectuar un control eminentemente de derecho sobre el contenido y lo resuelto en el Auto de Vista cuestionado, siempre en correlación a las actuaciones realizadas por el Tribunal de alzada, así se desprende de lo establecido en los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la procedencia y requisitos indispensables que viabilicen la admisibilidad del recurso de casación; en los que se dispone que el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia, antes Cortes Superiores y Autos Supremos dictados por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia que sienten o ratifiquen doctrina legal