De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Señala el recurrente que dentro del proceso de divorcio, la acusada prestó su declaración en su contra, afirmando “Como yo he presenciado las peleas en los puestos de venta, puedo afirmar que es un hombre violento el esposo, en el puesto tenía constantes discusiones, llegaba borracho y le armaba escándalo en el mismo puesto de venta incluso le pegaba y la dejaba con toda su ropa ensangrentada en carnavales cuando estábamos challando el puesto y por eso le seguía pegando, los vecinos tuvimos que decirle que no se peleara, ha sido varias veces que hemos tenido que intervenir para que el esposo no la mate, es muy borracho y violento ha convertido la vida en matrimonio en intolerable” “Si sus brazos quedaban marcados, el ojo morado, harto discutían encerrados en su caseta hasta tarde se quedaban a discutir los vecinos de puesto escuchando” (sic). Declaraciones que nunca se pudieron probar, y resultaron contradictorias, puesto que, de un lado, la acusada señaló que la golpeó cuando estaban challando su puesto en carnaval, festividad que se celebró hasta el 20 de febrero de 2007 y el informe médico forense emitido el 5 de mayo del mismo año, establece que la agresión a la esposa data de tres días atrás; de otro lado, la denuncia realizada a la Brigada de Protección a la Familia alega que el lugar del hecho ocurrió en su domicilio y no su puesto de venta y que el esposo se encontraba sobrio; finalmente, si fuera cierto que casi la mata a la supuesta víctima al agredirla, ésta hubiere sido trasladada en ambulancia a algún hospital, lo que no ocurrió, pues como señalaron los demás testigos, la precitada se fue caminando. Extremos que por lo señalado, se evidencia que no son ciertos y por tanto, le provocaron daño y causaron vicios de nulidad en el proceso
- Por memorial presentado el 8 de mayo de 2010, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular presentada por Santos Vargas Quisbert (fs
- b) Contra la referida Sentencia, el acusador particular Santos Vargas Quisbert (fs
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 4 de mayo de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Agrega que la Sentencia de mérito absolvió a la imputada por falta de pruebas, siendo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al único agravio, referido a las supuestas contradicciones en las que hubiere incurrido
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente en el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
