De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado dentro del plazo de cinco días y ante la Sala que lo dictó, teniendo en cuenta que el ahora recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 4 de mayo de 2010 (fs. 582), presentando su recurso ante Notaria de Fe Pública de Primera Clase de Sana Cruz el 8 del mismo mes y año; cumpliendo de esta manera, con lo preceptuado por el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 8 de mayo de 2010, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular presentada por Santos Vargas Quisbert (fs
- b) Contra la referida Sentencia, el acusador particular Santos Vargas Quisbert (fs
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 4 de mayo de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Agrega que la Sentencia de mérito absolvió a la imputada por falta de pruebas, siendo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al único agravio, referido a las supuestas contradicciones en las que hubiere incurrido
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente en el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
