No obstante lo señalado precedentemente, a tiempo de fundamentar el supuesto agravio, el impugnante denuncia
No obstante lo señalado precedentemente, a tiempo de fundamentar el supuesto agravio, el impugnante denuncia la concurrencia de defecto absoluto por vulneración de sus derechos fundamentales, como son el debido proceso en su elemento a la debida motivación, defensa y el principio de congruencia, proporcionando los antecedentes generadores del hecho, señalando que el Auto de Vista omitió fundamentar su respuesta sobre la denuncia de consideración de prueba pericial que fue desestimada por el propio Tribunal de juicio, precisando además la restricción de los mismos, así como el resultado dañoso derivado del defecto (que no pudo ejercer plenamente sus derechos por haberlo dejado en absoluto estado de indefensión ante la falta de claridad y motivo legal para recurrir). De la fundamentación expuesta se observa que el recurrente cumplió adecuadamente con los presupuestos de flexibilización explicados en el acápite IV del presente Auto, haciendo viable la admisión de este motivo
- Por memorial presentado por el 29 de junio de 2010, cursante de fs
- a) En mérito a las acusaciones pública (fs
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado David Silvety Argote (fs
- c) Notificado el imputado con el mencionado Auto de Vista el 23 de junio de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Agrega el recurrente que se incurrió en errónea valoración de la prueba para determinar
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al primer agravio, referido a que no obstante haberse declarado procedente el incidente
- No obstante lo señalado precedentemente, a tiempo de fundamentar el supuesto agravio, el impugnante denuncia
- Aquí corresponde señalar que la labor de este Tribunal Supremo de Justicia se encuentra restringida
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
