De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular presentada por Edgar Zurita Bolaños en representación legal de Laura Bustamante de Coca (fs. 3 y vta.); una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Juez de Partido Liquidador y de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia 26/09 de 18 de diciembre de 2009 (fs. 99 a 102), por la que declaró a los imputados, Héctor Hugo Almaraz Soto y Cristina Mamani Alvarado, absueltos de culpa y pena de la comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, tipificados y sancionados por los arts. 351 y 353 del CP
- Por memorial presentado el 5 de mayo de 2010 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Laura Bustamante de Coca representada por Edgar
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Sostiene que la Sentencia manifiesta que su representada demostró tener la posesión de “los
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar que la labor de este
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado que en la presente causa se omitió la
- Finalmente y solo a manera de aclaración se denota que en la primera parte del
- Pues si bien reclama que el Tribunal de alzada confirmó la Resolución del inferior sin
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
