En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede
En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede establecer; de un lado, que solamente en el primero de ellos invocó dos precedentes; empero, incumpliendo con las formulación de los mismos, en su recurso de apelación restringida; y en el segundo motivo, no se cita ninguna doctrina legal; además de lo cual, se denota que basó sus motivos únicamente en las actuaciones del Tribunal de Sentencia y los argumentos del fallo de mérito; pretendiendo que este Tribunal realice su función nomofiláctica con relación a la Sentencia, buscando inducir a un nuevo control de legalidad de dicho fallo dentro de una etapa procesal que no se encuentra reservada para ello, puesto que la misma ya fue objeto de análisis por parte del Tribunal de alzada, en todo caso, corresponde al recurrente cumplir con la carga de realizar una fundamentación de forma objetiva, identificando expresamente cuáles son los actos procesales que provocaron la presunta vulneración legal; pero, siempre con relación al Auto de Vista emitido a tiempo de resolver la apelación restringida y no así la Sentencia de mérito; en consecuencia, puesto que no es posible legalmente, retozar etapas y menos utilizar un instituto jurídico desnaturalizando su verdadero alcance y objetivo; no resulta coherente, el planteamiento del recurso de casación mediante la reiteración de los mismos puntos reclamados a tiempo de la formulación de la apelación restringida, en atención a su diferente finalidad
- Por memorial presentado el 5 de mayo de 2010 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Laura Bustamante de Coca representada por Edgar
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Sostiene que la Sentencia manifiesta que su representada demostró tener la posesión de “los
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar que la labor de este
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado que en la presente causa se omitió la
- Finalmente y solo a manera de aclaración se denota que en la primera parte del
- Pues si bien reclama que el Tribunal de alzada confirmó la Resolución del inferior sin
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
