Auto Supremo AS/0286/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2015-RA-L

Fecha: 11-Jun-2015

Como segundo agravio, esgrime, que el Tribunal de alzada ha tergiversado malintencionadamente los hechos


Como segundo agravio, esgrime, que el Tribunal de alzada ha tergiversado malintencionadamente los hechos registrados en el cuaderno procesal al apreciar incorrectamente lo referente a las transferencias, que han confundido las matrículas de los bienes inmuebles, incurriendo de esta manera en error al creer que es el mismo inmueble de cuyas transferencias se encuentran acusadas de falsas, fundando sesgadamente el Auto de Vista, alegando que el Tribunal de Sentencia por una parte habría admitido la Certificación de Tradición Específica como prueba de derecho de propiedad del recurrente; y por otra parte, que los accionantes no habrían probado esos extremos, porque no presentaron las escrituras de transferencias, y a decir del recurrente, más bien el Tribunal de Sentencia por el contrario habrían apreciado coherente y lógicamente estos aspectos para dictar la Sentencia absolutoria y que con este actuar el Tribunal de alzada hubiera vulnerando sus derechos y garantías constitucionales, al incurrir en vicios de nulidad, ya que se ha tergiversado la verdad de los hechos y los actuados procesales al no apreciar correctamente la participación del Juez de Mínima Cuantía