Auto Supremo AS/0286/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2015-RA-L

Fecha: 11-Jun-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes


c) El recurrente fue notificado con el Auto de Vista referido precedentemente el 17 de diciembre de 2009 (fs. 1613 vta.); y, el 23 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación, sujeto al presente examen de admisibilidad.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACION

De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes:

El recurrente como primer agravio denuncia que el Auto de Vista impugnado, adolece de defectos absolutos por haber anulado la Sentencia absolutoria, basándose en: i) Una interpretación incorrecta, errónea y sesgada de la misma, ii) Señalando en el segundo considerando que el Tribunal de Sentencia incurrió en contradicciones entre la parte dispositiva y la considerativa, iii) Que al dictar la Sentencia también se incurrió en contradicciones en los puntos sobre hechos probados y no probados señalando el recurrente que los Vocales de la Sala Civil Primera, no han realizado un examen exhaustivo de los actuados procesales y que han forzado la adecuación de este hecho a lo previsto por el art. 370 inc. 8) de la Ley de 1970; sosteniendo además el recurrente, que el Tribunal de alzada bajo ninguna prerrogativa debió haber tomado conocimiento de la causa objeto de análisis; ya que, habrían conocido la misma con anterioridad al emitir sentencias en juicios civiles ordinarios, una sobre Nulidad de Escritura y otra sobre Reivindicación, situación ésta; por la que, las autoridades recurridas debieron excusarse, en previsión del art. 316 incs. 1) y 2) de la Ley de 1970