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    Auto Supremo AS/0352/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0352/2015-RA

    Fecha: 05-Jun-2015

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    • Por memorial presentado el 7 de abril de 2015, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) El 30 de marzo de 2015 (fs
    • 2) Refiere que de acuerdo a la acusación formulada en su contra, se le acusó
    • 3) Denuncia la vulneración al principio de continuidad incurriendo en defecto absoluto, reiterando nuevamente que
    • 4) Señala falta de fundamentación de la Sentencia, ya que no estableció a través de
    • En el acápite de conclusiones del recurso, el recurrente cita los Autos Supremos 348 de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En el caso de autos, se establece que el 30 de marzo de 2015, fue
    • En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente refiriendo la
    • Con relación al cuarto motivo, se advierte que el recurrente denuncia la falta de fundamentación
    • Asimismo, respecto de la cita de Sentencias Constitucionales, se tiene que por mandato legal, solo
    • Finalmente, sobre la denuncia de violación a los principios y garantías constitucionales, convenios y tratados
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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