II.1. Recurso de casación de Waldo Terán Aguilar
c) El 11 de febrero del 2015 (fs. 474), fueron notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista y el 20 del mismo mes y año, formularon recursos de casación.
II. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:
II.1. Recurso de casación de Waldo Terán Aguilar
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1. Recurso de casación de Waldo Terán Aguilar
- El recurrente inicialmente hace una sintética remembranza de los antecedentes del proceso, luego menciona que
- II.2. Recurso de casación de Rinaldo Humberto Viamont Rojas
- En la misma línea de la denuncia, el recurrente califica de ilegal la afirmación del
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 11 de febrero del 2015, fueron
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
