Auto Supremo AS/0364/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0364/2015-RA

Fecha: 11-Jun-2015

De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos, los siguientes


c) Notificada la recurrente con el Auto de Vista impugnado el 08 de abril de 2015 (fs. 121), interpuso recurso de casación el 16 de “marzo” del mismo año, objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACION

De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos, los siguientes:

1) La recurrente denuncia que en el Auto de Vista en su considerando III.1, el Tribunal de alzada hace mención a las pruebas consistentes en el Certificado Médico Ginecológico y el Certificado Médico Forense, que fueron emitidos ante los golpes de puño y patadas que sufrió, concluyendo que la violencia ejercida sobre ella de parte de la acusada Judith Calle Salas no constituyó lesiones; aunque los Vocales estarían reconociendo de manera tácita que sí hubo violencia conforme lo establece el art. 271 del CP, siendo evidente de sí existió las lesiones, mismas que fueron provocadas con voluntad y conocimiento de la acusada, configurando de esta manera los elementos constitutivos del ilícito de lesiones; entonces, se vulneraron sus derechos y garantías constitucionales, en inobservancia del principio de la igualdad de las partes y el derecho a la defensa, conforme establece el art. 232 de la Constitución Política del Estado (CPE)