Del recurso de casación se extrae el siguiente motivo
Del recurso de casación se extrae el siguiente motivo:
El recurrente, citando los Autos Supremos 297 de 30 de junio de 2002, 83 de 8 de marzo de 2002, 331 de 27 de agosto de 2002, 394 de 10 de octubre de 2002, 99 de 24 de marzo de 2005 y 189 de 10 de mayo de 2005 y previa glosa parcial del Auto Supremo 041/2012-RRC, expresa que en la apelación restringida no se consideraron las atenuantes como su total estado de embriaguez y consecuente estado de inconciencia; por ello, acusa inobservancia o errónea aplicación de ley sustantiva, con relación al art. 14 del CP, al no considerarse el grado de imputabilidad para la atenuación de la pena y consideración del dolo en su conducta. Asimismo, a tiempo de aplicarse la pena, no se dio cumplimiento a los arts. 37, 38 y 40 inc. 4) del CP, siendo que el Auto de Vista impugnado, argumentó que este aspecto no fue fundamentado, no habiendo tomado en cuenta la personalidad del acusado, su educación, conducta precedente y posterior, los móviles que lo impulsaron a delinquir y su situación económica y social, de donde resulta una Sentencia abusiva y vulneratoria de sus derechos constitucionales a la legalidad y el debido proceso
- Por memorial presentado el 15 de enero de 2015, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 18/2011 de 11 de
- a) Contra la mencionada Sentencia, el recurrente interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Del motivo del recurso de casación
- Del recurso de casación se extrae el siguiente motivo
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente, solicita “CASAR el Auto de Vista recurrido y disponer la NULIDAD del juicio
- I.1.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 154/2015-RA de 4 de marzo, este Tribunal admitió únicamente el segundo motivo
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- De la enunciación del hecho y circunstancias objeto del juicio (fundamentación fáctica) de la Sentencia,
- II.2. De la apelación restringida
- Por memorial que cursa de fs
- II.3. Del Auto de Vista
- Radicada la causa ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
- Conforme se tiene expresado, este Tribunal admitió el recurso de casación, abriendo su competencia conforme
- Respecto a la ingestión de bebidas alcohólicas, de acuerdo a la doctrina penal universalmente aceptada,
- III.2. Análisis del caso planteado
- En el caso de autos, el recurrente denuncia vulneración al principio de legalidad y
- Respecto al motivo en cuestión, de una revisión de la sentencia de grado, se advierte
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
