Segundo, Teniendo presente lo anotado, el ahora recurrente establece que el art
Segundo, Teniendo presente lo anotado, el ahora recurrente establece que el art. 255 inc. 2) del C.P.C., permite la recurribilidad en casación del Auto de Vista impugnado que resuelve la excepción de incompetencia indicando que, no resultando evidente lo señalado por el ad quem en sentido de que no se encuentra enmarcado su recurso dentro de lo previsto por el art. 255 del Código adjetivo de la materia; siendo este el fundamento factico y jurídico, corresponde centrar el análisis en cuanto a esta excepción de incompetencia, para establecer los alcances de la misma
- Determinación que fue impugnada vía Recurso de Casación, por la Constructora e inmobiliaria Aquavista Golf,
- Conforme con la previsión del art
- En este marco normativo, la competencia del Tribunal Supremo al momento de resolver la compulsa
- Que del análisis del Recurso de Compulsa, se establece que el recurrente fundamenta la negativa
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- En cuanto al primer punto, si bien resulta evidente que nuestro ordenamiento jurídico se halla
- Segundo, Teniendo presente lo anotado, el ahora recurrente establece que el art
- De los pocos antecedentes remitidos, en si del Auto de Vista se puede extractar que
- Teniendo definido todos los supuestos en el presente caso como se hizo referencia al haber
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.-
