2) Refiriéndose a las normas erróneamente aplicadas por la Sentencia, concretamente a los arts
2) Refiriéndose a las normas erróneamente aplicadas por la Sentencia, concretamente a los arts. 51 de la Ley 1008 y 8 del CP, alega que en la fundamentación de la Sentencia no se demostró que su conducta se encuadre al tipo penal de Suministro de Sustancias Controladas en Grado de Tentativa, lo que habría sido corroborado por el Auto de Vista, dejando constancia de que no discute la existencia de cocaína, sino que sea de su propiedad y que haya tenido conocimiento de su existencia
- Por memoriales presentados el 7 y 8 de abril del 2015, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Refiriéndose a las normas erróneamente aplicadas por la Sentencia, concretamente a los arts
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Por lo expuesto, se concluye que ambos recursos incumplen las exigencias establecidas en los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
