Auto Supremo AS/0406/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2015-RA

Fecha: 17-Jun-2015

El art


II.2. Recurso de casación de Danitza Miriam Tibubay Castedo

Haciendo remembranza de todos los antecedentes del proceso y planteando similares cuestionamientos a los formulados en el precedente recurso, la recurrente alega que el Tribunal de alzada hizo una copia de los términos de la Sentencia, sin valorar las pruebas aportadas en juicio y sin pronunciarse sobre la ausencia de los investigadores en el juicio, pese a que su presencia era importante para sustentar su conclusión y explicar el por qué dejaron libres a los otros detenidos, extremo que era de mucha importancia para su defensa.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP