Auto Supremo AS/0432/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0432/2015-RA

Fecha: 29-Jun-2015

Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, en principio se evidencia que el recurrente


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN
En el caso de autos, se establece que el 4 de diciembre de 2014, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado y el 10 del mismo mes y año, formuló recurso de casación; es decir, dentro del plazo de cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, en principio se evidencia que el recurrente a tiempo de establecer los planteamientos expuestos en los dos motivos identificados, se limitó a citar en el Otrosí del memorial de recurso de casación como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 336 de 1 de julio de 2010 y 12 de 26 de enero de 2007, sin explicar la situación contradictoria de los precedentes que menciona y el Auto de Vista que impugna respecto a los agravios consignados, incurriendo en una omisión que no puede ser suplida, incumpliendo de este modo los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP