Conforme dispone el art
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Conforme dispone el art. 417 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación es de cinco días y de acuerdo al art. 130 del mismo cuerpo normativo, empieza a correr a partir del día siguiente de practicada la notificación con la resolución recurrida, computándose sólo los días hábiles. En autos, se constata que Dany Richard Pérez García, fue notificado con el Auto de Vista 12, el 1 de abril de 2015, habiendo formulado recurso de casación el 9 del mismo mes y año, ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Santa Cruz, extremo que evidencia que dicho medio de impugnación se planteó dentro del plazo legal, considerando el feriado nacional de 3 de abril del mismo año; y, ante el mismo Tribunal que emitió el Auto de Vista impugnado
- Por memorial presentado el 9 de abril de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por parte del imputado Dany Richard
- c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 1 de abril de
- De los argumentos expuestos por el recurrente se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme dispone el art
- Cumplida la verificación del requisito de forma, es necesario verificar si el recurrente cumplió con
- Por otro lado, tampoco pueden ser considerados los otros Autos Supremos que meramente fueron citados
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
