Cumplida la verificación del requisito de forma, es necesario verificar si el recurrente cumplió con
Cumplida la verificación del requisito de forma, es necesario verificar si el recurrente cumplió con su obligación de fundamentar suficientemente el presunto agravio provocado por la Resolución de alzada, conforme al marco establecido en los arts. 416 y 417 del CPP. En ese entendido, se advierte que no obstante haber cuestionado que el Tribunal de apelación no consideró “graves y fatales aspectos”, se limitó a realizar un listado sin mayor explicación, habiendo individualizado únicamente que la fundamentación de la pena efectuada por la Sentencia no cumplió la normativa prevista en los arts. 37 al 40 del CP, invocando la doctrina legal sentada en el Auto Supremo 507 de “11 de octubre S.P.P.”, que de acuerdo a la base de datos de este Tribunal, corresponde a la gestión 2007, cuyo contenido el recurrente transcribió, efectuando a continuación una consideración general respecto a la obligación del Tribunal de alzada, sin explicar de qué modo el precedente contradictorio es aplicable a su caso y cuál la presunta contradicción del Auto de Vista con el razonamiento jurisprudencial citado; por cuanto, no es suficiente simplemente citar el contenido del Auto Supremo invocado, sino que el impugnante se encuentra en la obligación de manifestar suficientemente la contradicción denunciada y la solución que pretende, conforme se desarrolló en el apartado III del presente Auto Supremo
- Por memorial presentado el 9 de abril de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por parte del imputado Dany Richard
- c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 1 de abril de
- De los argumentos expuestos por el recurrente se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme dispone el art
- Cumplida la verificación del requisito de forma, es necesario verificar si el recurrente cumplió con
- Por otro lado, tampoco pueden ser considerados los otros Autos Supremos que meramente fueron citados
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
