En cuanto al tercer agravio, donde se acusa que el Juez A quo no habría
En cuanto al tercer agravio, donde se acusa que el Juez A quo no habría acogido las solicitudes de realización de la conciliación, en franco abuso de poder, pues la conciliación habría ahorrado un proceso pesado y doloroso económicamente para las partes; al respecto corresponde señalar que de la revisión de obrados, si bien se advierte la solicitud de conciliación por parte del demandado, a fs. 107 y vta., se tiene memorial de renuncia a la conciliación de la parte demandante, aspecto que hizo improcedente cualquier solicitud de posible conciliación entre las partes; por otra parte si el recurrente consideraba que al no ser acogida la conciliación por parte del Juez A quo, hecho que a su criterio representaba abuso de poder, este podía impugnar dichas decisiones a través de los mecanismos de impugnación que la ley prevé, aspecto que no aconteció en autos, dejando prelucir su derecho a reclamar este aspecto
- Proceso: Usucapión
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Ante la determinación adoptada por el Ad quem, el demandado interpuso recurso de casación en
- CONSIDERANDO II:
- 2do
- 3ro
- 4to
- Finalmente, solicita Tribunal Supremo declare fundado el recurso casando el Auto de Vista recurrido en
- Con relación a los puntos impugnados, de la revisión del recurso se tiene que el
- En cuanto al tercer agravio, donde se acusa que el Juez A quo no habría
- Respecto al cuarto agravio, donde se acusa que no existiría fundamento alguno sea de hecho
- Por último, resulta necesario señalar, que el recurrente debe tomar en cuenta que actualmente la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
