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    Auto Supremo AS/0133/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0133/2015-L

    Fecha: 01-Jul-2015

    Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, no siendo evidente los reclamos efectuados en el

    Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, no siendo evidente los reclamos efectuados en el recurso de casación, corresponde resolver de acuerdo a lo establecido en los arts. 271. 2 y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo
    • Auto Supremo Nº 133/2015-L
    • Expediente: PTS. 515/2010
    • Y a Wilma Gómez Guzmán, de acuerdo a la liquidación, la suma de Bs
    • En grado de apelación, deducido por la empresa demandada de fs
    • Que, contra el referido auto de vista, la empresa demandada, interpuso recurso de casación o
    • Con relación a la incorrecta valoración de las declaraciones de descargo de fs
    • "Nótese que la disposición citada expresa que deberán cumplirse dos condiciones; es decir, que deberá
    • Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, no siendo evidente los reclamos efectuados en el
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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