En grado de apelación, deducido por la empresa demandada de fs
El pago de los montos individuales para cada uno de las demandantes, debe efectuarse dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia, declarándose improbada la demanda en cuanto al pago de horas extraordinarias, y condenándose con costas a la Empresa Expreso Turismo “Global”.
En grado de apelación, deducido por la empresa demandada de fs. 89 a 90, la Sala Social y Administrativa de la corte superior del Distrito Judicial de Potosí, por Auto de Vista Nº 048/2010, de 19 de agosto de 2010 (fojas 105 a 106), confirmo en forma total la sentencia apelada Nº 10/2010 de 17 de junio de 2010 (fs. 79 a 85), de obrados, con costas
En grado de apelación, deducido por la empresa demandada de fs. 89 a 90, la Sala Social y Administrativa de la corte superior del Distrito Judicial de Potosí, por Auto de Vista Nº 048/2010, de 19 de agosto de 2010 (fojas 105 a 106), confirmo en forma total la sentencia apelada Nº 10/2010 de 17 de junio de 2010 (fs. 79 a 85), de obrados, con costas
- Auto Supremo Nº 133/2015-L
- Expediente: PTS. 515/2010
- Y a Wilma Gómez Guzmán, de acuerdo a la liquidación, la suma de Bs
- En grado de apelación, deducido por la empresa demandada de fs
- Que, contra el referido auto de vista, la empresa demandada, interpuso recurso de casación o
- Con relación a la incorrecta valoración de las declaraciones de descargo de fs
- "Nótese que la disposición citada expresa que deberán cumplirse dos condiciones; es decir, que deberá
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, no siendo evidente los reclamos efectuados en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
