Auto Supremo AS/0142/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2015-L

Fecha: 01-Jul-2015

En ese contexto, el Tribunal de Alzada

En ese contexto, el Tribunal de Alzada al emitir el auto de vista recurrido, no incurrió en violación y errónea aplicación de normas legales que rigen la materia, ni ha interpretado y aplicado indebidamente la Ley, como se acusa en el recurso de casación de fs. 129 a 130, correspondiendo en consecuencia, resolver de acuerdo a lo establecido por los arts. 271-2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, en virtud a la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo