Auto Supremo AS/0165/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0165/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

Asimismo señala que el auto de vista impugnado vulnera el art

Asimismo señala que el auto de vista impugnado vulnera el art. 324 de la Constitución Política del Estado, respecto a la imprescriptibilidad de las deudas por daños económicos al estado, precepto constitucional que tiene plena eficacia en el tiempo; que en un estado democrático de derecho, cuyo orden jurídico y político se sustenta sobre la base del principio fundamental de la supremacía constitucional, las decisiones y resoluciones de todos los órganos públicos deben estar subordinados a las normas previstas en la Constitución y ninguna autoridad puede sustraerse del exacto cumplimiento de la misma, conforme el principio de jerarquía establecido en el art. 410 de la Constitución Política del Estado