VISTOS: El recurso de casación de fs
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación de fs. 937 a 938, interpuesto por el Gobierno Municipal de La Paz representado por Karla Elizabeth Zurita Plata, contra el Auto de Vista Nº 15/2010 de 27 de enero de 2010 de fs. 934 a 935, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso coactivo fiscal seguido por la institución recurrente contra Mónica Denisse Candelaria Medina Téllez y Oscar Fernando Landivar Amelungue, la respuesta de fs. 941 a 942, el auto de fs. 944 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y;CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo fiscal, el Juez Segundo Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de La Paz, emitió la Resolución Nº 141/2008 de 15 de diciembre de 2008 de fs. 905 a 910, declarando PROBADA la excepción de prescripción opuesta a fs. 542 a 544 y 552 por Mónica Denisse Candelaria Medina Téllez y Oscar Fernando Landívar Amelungue y por consiguiente IMPROBADA la demanda; disponiéndose primero: dejar sin efecto la Nota de Cargo Nº 56/06 cursante a fs. 520, girada contra Mónica Denisse Candelaria Medina Téllez en forma solidaria con Oscar Fernando Landívar Amelungue por la suma de $us. 26.173,75 (Veintiséis mil ciento setenta y tres 75/100 dólares americanos); segundo: levantar las medidas precautorias dispuestas contra Mónica Denisse Candelaria Medina Téllez en forma solidaria con Oscar Fernando Landívar Amelungue, para cuyo efecto ordena oficiar a las entidades correspondientes
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación de fs. 937 a 938, interpuesto por el Gobierno Municipal de La Paz representado por Karla Elizabeth Zurita Plata, contra el Auto de Vista Nº 15/2010 de 27 de enero de 2010 de fs. 934 a 935, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso coactivo fiscal seguido por la institución recurrente contra Mónica Denisse Candelaria Medina Téllez y Oscar Fernando Landivar Amelungue, la respuesta de fs. 941 a 942, el auto de fs. 944 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y;CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo fiscal, el Juez Segundo Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de La Paz, emitió la Resolución Nº 141/2008 de 15 de diciembre de 2008 de fs. 905 a 910, declarando PROBADA la excepción de prescripción opuesta a fs. 542 a 544 y 552 por Mónica Denisse Candelaria Medina Téllez y Oscar Fernando Landívar Amelungue y por consiguiente IMPROBADA la demanda; disponiéndose primero: dejar sin efecto la Nota de Cargo Nº 56/06 cursante a fs. 520, girada contra Mónica Denisse Candelaria Medina Téllez en forma solidaria con Oscar Fernando Landívar Amelungue por la suma de $us. 26.173,75 (Veintiséis mil ciento setenta y tres 75/100 dólares americanos); segundo: levantar las medidas precautorias dispuestas contra Mónica Denisse Candelaria Medina Téllez en forma solidaria con Oscar Fernando Landívar Amelungue, para cuyo efecto ordena oficiar a las entidades correspondientes
- Auto Supremo Nº 165/2015-L
- Expediente: LPZ. 263/2010
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación, deducida por el Gobierno Municipal de La Paz, de fs
- Que, contra el referido auto de vista el Gobierno Municipal de La Paz representado por
- Asimismo señala que el auto de vista impugnado vulnera el art
- Que al no prescribir las deudas por daños económicos causados al estado no podría declararse
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos del recurso de casación, para su resolución es
- Con referencia a que el auto de vista impugnado vulnera el art
- En mérito a lo expuesto, no siendo evidentes los reclamos efectuados en el recurso de
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
