Auto Supremo AS/0325/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0325/2015-RA-L

Fecha: 06-Jul-2015

a) En mérito a la acusaciones pública (fs


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

a) En mérito a la acusaciones pública (fs. 6 a 8) y particular presentada por Avelino Teodoro Huanca Yujra (fs. 12 a 14 vta.), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 021/2009 de 16 de diciembre (fs. 79 a 87), por la que declaró al imputado, Jaime Montaño Siles, autor y culpable de la comisión de los delitos de Lesiones Leves y Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias, previstos y sancionados por los arts. 271 y 298 del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de dos años a cumplirse en la penitenciaría de San Pedro de la ciudad de La Paz, más multa de cincuenta días a razón de Bs. 10.- (diez bolivianos) por cada día y costas emergentes dela tramitación del presente proceso, es decir, gastos erogados por los querellantes y la habilitación del trámite para establecer la reparación de daño y perjuicio que hubieren sufrido las víctimas, constituidas en querellantes, este último en ejecución de Sentencia. Asimismo, se le otorgó a continuación el perdón judicial